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jueves, 13 de agosto de 2020

Fuentes del Derecho Romano

        Quรฉ es el/la Derecho romano - Definiciรณn de, Significado, Concepto

 Fuentes del derecho romano

a.- Fuentes escritas
Son aquellas fuentes que se encuentran plasmadas o tipificadas en el ordenamiento jurรญdico y que influyen indiscutiblemente en la creaciรณn de normas constitucionales.  Para los romanos la ley aludรญa al derecho escrito, por oposiciรณn al derecho no escrito, lo cual se entendรญa de la declaraciรณn normativa fundada en un acuerdo.  Si el acuerdo era de todo el pueblo romano, la ley era pรบblica; si se fundaba en una relaciรณn entre particulares, la ley era privada.  
Se clasifican las fuentes escritas en:
i.- Lex (ley)
Es lo que el pueblo manda y establece, con el nombre de pueblo se indican todos los ciudadanos incluidos los patricios.  El pueblo romano era llamado periรณdicamente a comicios, el resultado de estos era una lex.  Conceptualmente se podrรญa decir que la lex es el resultado de un comicio.
ii.- Plebiscito
Es a lo que el pueblo manda y establece.  Los plebiscitos serรญan tambiรฉn el resultado de comicios, pero sin la intervenciรณn de los patricios.  Estos comicios recibieron el nombre de “concilios de la plebe” y lo que en ellos se resolvรญa tomaba el nombre de “plebiscitum”.
iii.- Senadoconsultos
Es lo que el senado manda y establece, pero no es cualquier resoluciรณn del senado, sino aquella en que es interrogado por el emperador sobre alguna cuestiรณn jurรญdica.
iv.- Constituciones de los emperadores
Son decisiones del emperador.  Segรบn Ulpiano, estas decisiones son fuente de Derecho, en virtud de que cada emperador recibe esa potestad de la lex por lo que el pueblo lo designรณ.
v.- Ejercicios del Ius Edicendi
Algunos magistrados, principalmente en รฉpocas de la Repรบblica, tenรญan la facultad de dar “edictos” que era una forma de “programa de acciรณn”.  El uso preponderante de esta fuente fue por parte de los pretores que emitรญan un edicto que era una suerte de listado de acciones judiciales.  El ius edicendi (derecho de publicar edictos) luego fue asumido por los emperadores.
vi.- Respuestas de los juristas
Algunos juristas tenรญan la facultad de dar respuestas a consultas jurรญdicas, que despuรฉs (por una u otra razรณn) se convertรญan en obligatorias para los jueces.
vii.- Las mores maiorum (comportamiento de los antepasados)
Fueron fuente formal durante la etapa arcaica.  Se llama asรญ a los modos o estilos de vida de los antepasados, errรณneamente simplificados como costumbre.
b.- Fuentes no escritas
Las fuentes no escritas son aquellas que no son imprescindibles para la creaciรณn de un ordenamiento jurรญdico, las cuales no se encuentran plasmadas en ninguna norma jurรญdica.  Y entre ellas estรกn la costumbre, los usos y tradiciones.  Estas nacen de los hechos y procesos sociales que concurren en el nacimiento del derecho y con el tiempo se van haciendo ley. (Santaella, 2011)

El รบnico enemigo que consiguiรณ derrotar al Imperio romano: la ...